El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ratificó que los empleados públicos no pueden usar símbolos religiosos
La resolución generó controversia ya que muchos sostienen que se trata de una medida discriminatoria que, además, limita la libertad de religión
La sentencia en su conjunto generó repudio, fue considerada por muchos discriminatoria y una violación a la libertad de religión y de expresión que se quiere extender hacia América Latina
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) falló este martes en favor de que los organismos de administraciones públicas del bloque puedan prohibir a sus empleados la portación de cualquier tipo de símbolo religioso visible. Según explicaron en la sentencia, se trata de una medida con la que se intenta preservar una “estricta neutralidad” en la materia.
“Una administración pública podrá prohibir el uso visible en el lugar de trabajo de cualquier signo que revele convicciones filosóficas o religiosas”, comienza el texto final dado a conocer en las últimas horas y agrega que “la política de estricta neutralidad que una administración pública impone a sus empleados con vistas a instaurar en su seno un entorno administrativo completamente neutro puede considerarse que está objetivamente justificada por una finalidad legítima”.
No obstante, a continuación el texto menciona que “está justificada, igualmente, la elección de otra administración pública que abogue por una política que autorice, de forma general e indiferenciada, el uso de signos visibles de convicciones, en particular, filosóficas o religiosas”, dejando así la puerta abierta a que cada organismo de los Estados miembro y las entidades subnacionales interpreten y apliquen la norma según definan.
A pesar de esta última anotación, la sentencia en su conjunto generó repudio ya que fue considerada por muchos discriminatoria y, por otro lado, como una violación a la libertad de religión y de expresión.
El TJUE respondió a estas acusaciones explicando que, si bien las manifestaciones de religión o convicciones personales a través de signos o prendas están protegidas por la libertad de pensamiento, conciencia y religión, no se trata de discriminación siempre y cuando sea aplicada de manera general e “indiferenciada” sobre todo el personal, y si se limita a lo estrictamente necesario. A su vez, insistió en su voluntad por establecer políticas de neutralidad coherentes, sistemáticas y proporcionadas, con claridad legal.
El origen de esta sentencia se remonta a un caso ocurrido en Ans, donde a dos empleadas del ayuntamiento se les prohibió el uso de su velo islámico, incluso a pesar de que una de ellas no estaba en contacto con el público. Las mujeres, una asistente de personas con discapacidad y una cajera, cuestionaron la medida y se negaron a acatarla, lo que les costó una serie de acciones disciplinarias y cambios en sus puestos de trabajo.
Una de ellas manifestó su descontento ante la Justicia local, en el tribunal de Lieja, donde la administración de Ans defendió su cambio de reglamento alegando neutralidad, algo que el TJUE acabó por respaldar.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es el ente encargado de garantizar que la legislación en el bloque sea interpretada y aplicada de manera correcta y pareja en cada uno de los países miembro y que, a su vez, éstos y las instituciones que en ellos funcionan la acaten.
Así, es también uno de los actores clave en sucesos geopolíticos recientes, como por ejemplo la guerra de Rusia en Ucrania, ya que interfiere y confirma las sanciones contra Moscú.
Sin ir más lejos, el pasado 8 de noviembre el Tribunal dio lugar a la inmovilización de los fondos del propietario y director de la empresa fabricante de productos químicos Uralcem, Dmitry Arkadievich Mazepin, quien se había reunido con Vladimir Putin en febrero de 2022 para debatir cómo seguir frente a estas restricciones.
Infobae – Con información de AFP
Archivo ABC
Vídeos Innovas:
TJUE avala que administraciones públicas prohíban símbolos religiosos visibles a empleados. Europa Press
El uso de símbolos religiosos y la SCJN. Centro de Ética Judicial A.C.
Instituciones de la Unión Europea: El Tribunal de Justicia de la UE. Uned -Derecho
La complejidad de este asunto radica en encontrar un equilibrio entre la protección de los derechos fundamentales de los individuos, incluida la libertad religiosa y la necesidad de mantener un entorno laboral neutro en términos religiosos. El impacto de esta decisión puede variar según las diferentes interpretaciones de la laicidad en los Estados miembros de la Unión Europea, ya que las prácticas culturales y las sensibilidades pueden diferir significativamente.
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El presente artículo trata respecto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y que falló en favor de que los organismos de administraciones públicas del bloque puedan prohibir a sus empleados la portación de cualquier tipo de símbolo religioso visible. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado este martes que las administraciones públicas puedan prohibir a sus empleados que lleven símbolos religiosos visibles en el trabajo, incluso si no desempeñan sus funciones de cara al público, siempre que esta norma se aplique de forma “general e indiferenciada” y se limite a lo “estrictamente necesario”. No se trata de una prohibición generalizada, sino de la posibilidad de vetar este tipo de símbolos proselitistas o religiosos, subraya el máximo tribunal europeo, que deja en manos de cada administración permitir el uso de signos visibles religiosos dependiendo del “concepto de neutralidad del servicio público” que se use. Con el fin de establecer un entorno administrativo completamente neutro, una administración pública podrá prohibir el uso visible en el lugar de trabajo de cualquier signo que revele convicciones filosóficas o religiosas”, señala la sentencia del máximo tribunal europeo. Eso sí, subraya que una norma así no es discriminatoria solo “si se aplica de forma general e indiferenciada a todo el personal de esa administración y se limita a lo estrictamente necesario.
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La decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de respaldar la prohibición de símbolos religiosos visibles para los empleados de la administración pública ha generado controversia y críticas. La sentencia defiende la idea de «estricta neutralidad» en el lugar de trabajo para preservar un entorno administrativo completamente neutro. Aunque la sentencia establece que la prohibición puede considerarse objetivamente justificada por una finalidad legítima, también reconoce la posibilidad de que otra administración pública elija una política diferente que permita el uso de signos visibles de convicciones filosóficas o religiosas. Esto deja cierto margen de interpretación y aplicación a los organismos de los Estados miembros.
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La reciente decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, respaldando la prohibición de símbolos religiosos visibles para los empleados públicos, ha generado controversia. La medida, argumentada como necesaria para mantener la «estricta neutralidad» en la administración pública, ha sido criticada por algunos como discriminatoria y una violación de la libertad de religión. La sentencia, originada en un caso en Ans, Bélgica, donde a dos empleadas se les prohibió el velo islámico, destaca la complejidad de equilibrar la libertad individual y la neutralidad institucional. La decisión permite interpretaciones individuales por parte de los Estados miembros, lo que añade matices a la implementación de esta normativa.
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El razonamiento detrás de estas decisiones suele ser mantener la imparcialidad y la neutralidad en el servicio público para asegurar que todos los ciudadanos sean tratados de manera justa e igualitaria, independientemente de sus creencias religiosas. Sin embargo, también genera preocupaciones sobre la limitación de la libertad de expresión y religiosa de los empleados públicos.Este tipo de casos resalta la importancia de encontrar un equilibrio justo entre el respeto a la diversidad y la preservación de un espacio público neutral. Las decisiones judiciales en estos asuntos suelen tener implicaciones más amplias en términos de derechos individuales y principios democráticos, y pueden influir en las políticas y leyes en otros lugares del mundo.
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La decisión del TJUE de respaldar la prohibición de símbolos religiosos en la administración pública ha generado controversia. Mientras algunos la ven como una medida necesaria para mantener la neutralidad, otros la consideran discriminatoria y una violación de la libertad religiosa y de expresión. La clave aquí es encontrar un equilibrio entre la necesidad de un entorno administrativo neutral y el respeto a las libertades individuales. La flexibilidad para que cada organismo interprete la norma puede llevar a interpretaciones diversas, lo que destaca la importancia de definir límites claros y garantizar la coherencia en la aplicación de políticas de neutralidad.
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El presente articulo aborda el tema sobre la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de permitir a las administraciones públicas prohibir símbolos religiosos visibles entre sus empleados ha generado controversia y críticas. La resolución argumenta que busca mantener la neutralidad en el entorno laboral, pero muchos la consideran discriminatoria y una violación de la libertad de religión y expresión. La sentencia surge a raíz de un caso en Ans, donde a dos empleadas se les prohibió el uso del velo islámico. Aunque se destaca la posibilidad de interpretación por parte de cada organismo, persisten preocupaciones sobre la restricción de derechos fundamentales.
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Muchos gobernates, dictadores, religiosos paganos o protestantes, y ahora juristas han intentado desapoarecer los ritos religiosos crsitianos y de allí para adelante ellos murieron y la plabras de Dios y la Iglesoia siguen vigentes, me parece insensato dicha medida.
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado este martes que las administraciones públicas puedan prohibir a sus empleados que lleven símbolos religiosos visibles en el trabajo, incluso si no desempeñan sus funciones de cara al público, siempre que esta norma se aplique de forma “general e indiferenciada” y se limite a lo “estrictamente necesario”. No se trata de una prohibición generalizada, sino de la posibilidad de vetar este tipo de símbolos proselitistas o religiosos, subraya el máximo tribunal europeo, que deja en manos de cada administración permitir el uso de signos visibles religiosos dependiendo del “concepto de neutralidad del servicio público” que se use.
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“El tribunal de justicia europeo prohíbe los símbolos religiosos, o sea prohíbe el cristianismo”, afirma un mensaje difundido en Twitter y Telegram. “Sólo el cristianismo tiene símbolos. El resto de credos o tiene amuletos o son iconoclastas”, añade un portal de Internet que difunde el mismo mensaje con un vídeo denunciando la supuesta restricción del cristianismo. Que no pretendan engañar al mundo cristiano y religioso.
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La sociedad europea es cada vez más secular y menos practicante -el 55% de los jóvenes adultos europeos se considera «sin religión», según datos de la Encuesta Social Europea 2014/16-, y pese a la importante presencia histórica del cristianismo se ha promulgado durante las últimas décadas la separación Iglesia-Estado, dejando a hacer a las religiones en el ámbito privado. Sin embargo, en los últimos años las jurisdicciones de los países europeos están promulgando más y más leyes para controlar, reducir o incluso prohibir determinadas prácticas religiosas. Y el objetivo de estas leyes es, principalmente, el islam.
«Los creyentes se verán obligados a elegir entre comer carne y violar sus creencias religiosas» escribe abogado estadounidense Wesley J.Smith, del instituto ‘Discovery Institute’s Center on Human Exceptionalism’, en el National Review, en un artículo titulado «Europa continúa reduciendo la libertad religiosa».
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The problem arises when the former interpretation, linked in part to the history of France, is imposed and citizens are forced to choose between their religious identity and their citizen identity in the public sphere. In such cases, the state cannot be said to be neutral or secular, but rather takes on a kind of «lay confession.» Precisely because we are talking about different spheres, using religious symbols in public space, as in the case of the veil, we do not have to understood their use as an offense against the common citizen identity of all Europeans, nor against the constitutional values of equality, respect and pluralism that govern public life.
Thank you very much for the comment. Professional successes
lHay que analizar todo aporte, la sentencia es bastante ambigua y no fija un criterio claro para el futuro dejando en manos de las justicias nacionales determinar en cada caso si la prohibición del uso de distintivos religiosos es o no discriminatorio. Para ello deberán tener en cuenta, entre otros factores, la justificación objetiva de las normas internas de las empresas que incorporen este tipo de prohibiciones a partir del fin que persiguen (por ejemplo, dar una imagen de neutralidad ante sus clientes), y de la adecuación de los medios empleados para conseguirlo.
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No toda Europa respalda prohibir los símbolos religiosos a médicos y enfermeros. Esto es demasiado en casos de santos oleos y extremaución. Dios los juzgara y la fe perdurara.
El Tribunal Superior de Justicia de la UE lo acota a la sanidad pública por política de estricta neutralidad, un hecho unilateral contra la moral cristiana y de otros credos.
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Una «administración pública podrá prohibir el uso visible en el lugar de trabajo de cualquier signo que revele convicciones filosóficas o religiosas», decidió el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) en una sentencia sobre un caso en Bélgica publicada este martes. La justicia también se equivoca. está provocando a una inmensa población europea que tiene muchos símbolos reliosos. Esto va contra la libertad religiosa y la libre expresión de los pueblos, atenta contra los derechos humanos.
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El avance de una sociedad europea bastante materialista que olvida que sus raíces éticas y religiosas son eminentemente cristianas. Están cayendo en un totalitarismo cultural que quiere atrasar nuestra religión.
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Me alineo contra todos aquellos que protestan contra esta medida que es de intolerancia religiosa especialmente contra el cristianismo. Todos callerpon cuando atentaron contra Dios.
Respaldo las manifestaciones de religión o convicciones personales a través de signos o prendas están protegidas por la libertad de pensamiento, conciencia y religión, no se trata de discriminación siempre y cuando sea aplicada de manera general e “indiferenciada” sobre todo el personal, y si se limita a lo estrictamente necesario, algo que me parece errado por la justicia europea.
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) falló este martes en favor de que los organismos de administraciones públicas del bloque puedan prohibir a sus empleados la portación de cualquier tipo de símbolo religioso visible. Según explicaron en la sentencia, se trata de una medida con la que se intenta preservar una “estricta neutralidad” en la materia. Esto me parce una medida hipócrita de los jueces ya que deben obedecer a un sesgo ideológico para destruir subterráneamente los valore éticos, morales y religiosos sobre el cual se basa la cultura europeo. Lo aprovecharan los extremistas religiosos y los grupos de izquirrda.
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ratificó que los empleados públicos no pueden usar símbolos religiosos
La resolución generó controversia ya que muchos sostienen que se trata de una medida discriminatoria que, además, limita la libertad de religión
La sentencia en su conjunto generó repudio, fue considerada por muchos discriminatoria y una violación a la libertad de religión y de expresión que se quiere extender hacia América Latina. Cuando algún miembro de su familia a de ellos mismos los miembros del tribunal se arrepentirán ante Dios.
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